viernes, 3 de junio de 2011

A CONSULTA PÚBLICA REGULACIÓN DE EMPAQUES DE CHIMÓ

Del 3 al 23 de junio

Desde el 03 hasta el 23 de junio, se estará desarrollando el proceso de consulta pública del Proyecto de Resolución que Regula los Empaques de Chimó o de cualquier Otro Producto de Tabaco No Fumado. A tal fin, el Ministerio del Poder Popular para la Salud ha colocado la referida propuesta legal en su portal electrónico: www.mpps.gob.ve, de manera que el pueblo soberano pueda revisarla y emitir sus comentarios.

De conformidad con lo establecido en el artículo 211 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y siguiendo las disposiciones contenidas en los artículos 139 y 140 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de la Ley Orgánica de la Administración Pública, durante 15 días hábiles se someterá a consulta pública el instrumento jurídico con el que se pretende proteger la salud de la población de los efectos dañinos que genera el consumo de tabaco no fumado (masticado, chupado o inhalado)

Es preciso destacar que dicho documento se redactó en observancia a lo previsto en el Convenio Marco de Control del Tabaco de la Organización Mundial de la Salud, que fuera ratificado unánimemente por la Asamblea Nacional en el año 2005.

Tabaco sin humo

El chimó es una pasta elaborada a partir de residuos de tabaco que, mezclada con otras sustancias, se coloca en la mucosa bucal y al ser chupada o masticada tiene efectos estimulantes, embriaga, reduce el apetito y aumenta la producción de saliva. Como todo derivado del tabaco, el chimó contiene nicotina que es la droga responsable de la adicción, y aunque parezca “inocuo” puede causar las mismas enfermedades que el cigarrillo: lesiones malignas y abscesos en la boca, dientes manchados, mal aliento, periodontitis (enfermedad de las encías que puede ocasionar pérdida de los dientes) y gingivitis (inflamación purulenta de las encías).

De ser un producto mayoritariamente de consumo en el medio rural, esta pasta masticable ha ido ganando adeptos entre la población infanto-juvenil, incluso en las grandes ciudades del país. Su bajo precio en comparación con el cigarrillo, el hecho de que no produzca humo, su presentación en discretos envases de pequeño tamaño o incluso en forma de atractivos caramelos, y el hecho de no exhibir mensaje alguno que advierta de su nocivo contenido, ha incrementado el uso del chimó que en algunos casos se ha convertido en una suerte de “antesala” al tabaco fumado.

Chimó con advertencias

Ante este escenario, el Estado venezolano en su rol de garante del derecho a la salud y en defensa de la población frente al riesgo representado por productos que pudieran considerarse dañinos, ha decidido dictar esta resolución para uniformar los envases y embalajes de chimó.

Ello significa que una vez aprobada la norma, tales envases deberán ser de plástico, de color blanco y con letras negras, e incorporarán las siguientes advertencias sanitarias en la forma de textos que ocuparán el 100 por ciento de una de las caras: Este producto es dañino para la salud y produce adicción; el chimó o cualquier producto de tabaco no fumado causa mal aliento, daño a las encías y cáncer de boca; los niños y niñas comienzan a consumir chimó al ver a los adultos hacerlo; consumir chimó durante el embarazo daña la salud de tu bebé; dejar de consumir chimó o cualquier producto de tabaco no fumado mejora tu salud y prolonga la vida.

Igualmente el embalaje de las cajitas de chimó deberán exhibir estos textos en el 100 por ciento de la cara o superficie superior del mismo. Al igual que sucede con el cigarrillo, queda prohibido el uso de términos como clase, ultra bajo, nivel, bajo, nivel suave, light, soft, liviano, nivel alto o duro.

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